
Noticias Argentinas difundió que el Gobierno nacional extendió en 60 días hábiles el plazo para la adhesión de las provincias al régimen de compensación de deudas con el Estado, un procedimiento que busca la cancelación de obligaciones mutuas pendientes.
Este mecanismo, denominado Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas, permite que las partes acuerden compensaciones, conciliaciones, transacciones, reconocimientos, remisiones y otras operaciones destinadas a determinar y cancelar las deudas cruzadas.
La disposición fue formalizada este miércoles a través del Decreto 171/2026, publicado en el Boletín Oficial, que modifica artículos del Decreto 969/2024 —norma que dio origen a este sistema de ordenamiento fiscal— con el objetivo de otorgar mayores facilidades de adhesión.
Según establece el nuevo texto, aquellas jurisdicciones que aún no se hayan sumado cuentan con un plazo de 60 días hábiles administrativos para manifestar su voluntad de participar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía. Este
período podrá ser ampliado por única vez por la autoridad de aplicación.
Para las provincias ya adheridas —o las que se incorporen en esta nueva etapa— el decreto extiende hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, el plazo límite para presentar la documentación que acredite la legitimidad de las obligaciones.
El proceso requiere la elaboración de informes técnicos sobre la verosimilitud y cuantificación de los montos propuestos para el canje. En ese marco, el decreto establece que tanto el Estado nacional como las provincias serán responsables de fundamentar sus propias cifras y de las deudas o acreencias que propongan para negociar y suscribir en cada acuerdo.
Si existieran diferencias entre los informes técnicos de ambas partes, se abrirá una instancia de negociación de hasta 180 días hábiles administrativos, período en el que se buscará alcanzar un consenso bajo principios de buena fe y lealtad federal.
Por último, la normativa limita la intervención de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y de la Procuración del Tesoro de la Nación a casos específicos, como cuando las obligaciones se encuentren sometidas a litigios judiciales o arbitrales y el Estado nacional reconozca un crédito en disputa.
Las provincias que ya adhirieron son Salta, Catamarca, Chubut, Misiones, La Pampa, Santa Cruz, Tucumán y Corrientes.